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Publicadas en Gaceta las Normas para la regulación, supervisión, control y seguimiento de los Órganos de Seguridad Ciudadana por parte del DIBISE
Martes, 20 de Septiembre de 2011 12:02
Caracas, (NL).- Este martes fue publicado en la Gaceta Oficial N° 39.760 del 19 de septiembre, la Resolución N° 235 del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, mediante la cual se establece los lineamientos para la regulación, coordinación, supervisión, control y seguimiento de los Órganos de Seguridad Ciudadana en sus diferentes ámbitos, por parte del Coordinador Nacional del Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DIBISE).
Para la ejecución y desarrollo del conjunto de acciones sociales y preventivas, además de metas operativas de los ejes estratégicos del Dispositivo, con el propósito de disminuir el índice delictivo a nivel nacional y garantizar el orden, la paz y la tranquilidad ciudadana.
Esta Resolución establece que quedan sujetos a su cumplimiento, todos los órganos de Seguridad Ciudadana en sus diversos ámbitos, donde se implemente y ejecute el Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DIBISE):
1. El Ejército Nacional Bolivariano (ENB).
2. La Guardia Nacional Bolivariana (GNB), en su condición de Policía Administrativa y de investigación penal.
3. Los demás Componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en su condición de la Policía Administrativa y de Investigación penal que le atribuye la ley.
4. La Milicia Nacional Bolivariana (MNB).
5. El Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (CPNB).
6. El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC).
7. El Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN).
8. Los Cuerpos de Policía Estadales y Municipales.
9. La Dirección General de Prevención del Delito.
10. La Oficina Nacional Antidrogas (ONA).
11. El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).
12. La Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres y las Direcciones Estadales y Municipales de Protección Civil.
13. Los Cuerpos de Bomberos Estadales, Distritales y Municipales.
14. El Servicio Administrado de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME).
Así mismo esta Resolución indica que el El Observatorio Venezolano de Seguridad Ciudadana, debe cumplir las siguientes actividades:
1. Los días martes de cada semana remitirá y suministrará a los jefes del Dispositivo de los estados, los resultados estadísticos de las incidencias delictivas de la semana policial que finalizó.
2. Procesará y analizará los registros diarios de las incidencias delictivas por parroquias, municipios y estados.
Las acciones, actividades y tareas de los ejes estratégicos del Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DIBISE), son de obligatorio cumplimiento por todos los Órganos de Seguridad Ciudadana en sus diferentes ámbitos y no podrán realizar operativos distintos a los implementados por el Dispositivo sin la respectiva autorización del Coordinador Nacional, por órgano regular.
Igualmente mediante esta Resolución se designa como Coordinador Nacional del Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DIBISE), al ciudadano Néstor Luis Reverol Torres, Viceministro de Prevención y Seguridad Ciudadana, quien dirigirá las estrategias y lineamientos de seguridad ciudadana para la ejecución y seguimiento de las distintas acciones y metas operativas de los ejes estratégicos del Dispositivo.
Fueron designados en esta Resolución los Jefes Regionales del Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DIBISE), en cada uno de los estados bajo su jurisdicción, a los Oficiales Generales de la Guardia Nacional Bolivariana que se mencionan a continuación:
1. Richard Jesús López Vargas, Estados: Barinas y Táchira.
2. Sergio José Rivero Marcano, Estados: Aragua y Carabobo.
3. José Dionisio Goncálvez Mendoza, Estado Zulia.
4. Jorge Enrique González Arreaza, Estado Lara.
5. Antonio José Benavides Torres, Estado Miranda y Distrito Capital.
6. Alejandro Constantino Keleris Bucarito, Estados: Anzoátegui, Nueva Esparta y Sucre.
7. Juan Ramón Rodríguez Navarro, Estado Bolívar.
Esta Resolución deroga la que había sido publicada en la Gaceta Oficial N° 39.643 del 28 de marzo de 2011.
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