Martes, Mayo 22, 2012
   
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Fijado el Precio Mínimo del Cacao de Producción Nacional, pagado al Productor Primario

Caracas, (NL).- A través de la Resolución N° DM/N° 017/2012 y DM/N° 007-12, de los Ministerios del Poder Popular para el Comercio, para la Agricultura y Tierras y para la Alimentación, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.861 del 9 de febrero de 2012, se fija el Precio Mínimo del Cacao de Producción Nacional, pagado al Productor Primario, en Bs. 25,00 el Cacao Fino de Primera y Bs. 20,00 Cacao Fino de Segunda.

El precio establecido será pagado al productor primario en un plazo en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días continuos, contado a partir de la entrega de la cosecha de cacao en los sitios habituales de recepción. En los casos en que el sitio de recepción sea diferente al sitio habitual, el pago por concepto de flete correrá por cuenta de la agroindustria.

Las condiciones de entrega, la forma de pago, descuento y bonificación por calidad, según las normas establecidas, serán convenidas entre el productor y la agroindustria.

A los fines del seguimiento y control de lo dispuesto en la presente Resolución, se crea una Comisión Interdisciplinaria, la cual apoyará las labores de inspección y fiscalización de la observancia por parte de la agroindustria de los precios mínimos aquí fijados, llevadas a cabo por el Ministerio del Poder Popular para Agricultura y Tierras, el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS) y la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (SUNDECOP).

A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, quedan sin efecto los precios mínimos pagados al productor primario para el rubro cacao, fijados por el Ejecutivo Nacional en Resoluciones anteriores a ésta.

Fuente: www.lex-comp.com