Lunes, Septiembre 06, 2010
   
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La CNV ordena a todos los interventores y liquidadores procedan a tramitar el pago de los pasivos laborales y prestaciones sociales de casas de bolsas liquidadas

Caracas, (NL).- La Comisión Nacional de Valores publicó la circular N° PRE/DCJU/1867/2010 mediante la cual se ordena a todos los interventores y liquidadores procedan a tramitar el pago de los pasivos laborales y prestaciones sociales.

Considerando que el trabajo es un derecho consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Capítulo V de los Derechos Sociales y de las Familias, artículo 87 al 97 ejusdem.

Considerando que la situación actual de algunas sociedades de corretaje de valores y/o casas de bolsa es de intervención o liquidación, razón por la cual resultan innumerables los casos de trabajadores o empleados que se han visto afectados para el pago de los pasivos laborales.

En atención a los principios constitucionales, la Comisión Nacional de Valores ordena a todos los interventores y liquidadores de las sociedades de corretaje de valores y/o casas de bolsa, en atención a los recursos disponibles, procedan a tramitar el pago de los pasivos laborales y prestaciones sociales de la siguiente forma:

  1. Verificar si poseen Contrato Colectivo y de ser así dar cumplimiento al mismo.
  2. Deberán previamente efectuar el pago de los pasivos laborales a los empleados, y posteriormente proseguir con el pago a los Directores, Directores Ejecutivos o Administradores de la sociedad de corretaje de valores o casa de bolsa.
  3. Constatar que el Director de la sociedad de corretaje de valores o casa de bolsa, no tengan deudas con la sociedad, y de ser el caso deberá retenerse el porcentaje establecido en la Ley, para el pago de los mismos, respecto a las acreencias con la sociedad de corretaje de valores o casa de bolsa.

Adicionalmenle, deberá verificarse de conformidad con lo previsto en el artículo 266 del Código de Comercio Venezolano la responsabilidad de los Directores, Directores Ejecutivos o Administradores para con los accionistas de la sociedad de corretaje de valores o casa de bolsa y con los terceros, a los fines de proceder con las medidas a que haya lugar. Ver documento original aquí.