Lunes, Septiembre 06, 2010
   
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En Gaceta Oficial el Reajuste de la Unidad Tributaria

Caracas, (NL).- Hoy fue publicada en la Gaceta Oficial N° 39.361 del 4 de Febrero de 2010, la Providencia N° 2010-0007 del SENIAT mediante la cual se ajusta la Unidad Tributaria de cincuenta y cinco Bolívares (Bs 55,00), a sesenta y cinco Bolívares (Bs 65,00).

Se reajusta la Unidad Tributaria de CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 55,00) a SESENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 65,00).

En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la  unidad tributaria aplicable será la que esté vigente durante por lo menos ciento ochenta y tres dias (183) contínuos del período respectivo, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, todo de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Código Orgánico Tributario.