Sábado, Mayo 19, 2012
   
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Publicadas en Gacetas las Normas que establecen el número mínimo de Pólizas de Seguros Asignadas a las Empresas de Seguros para la Comercialización de los Seguros Solidarios de Salud, Accidentes Personales y Funerarios

Caracas, (NL).- La Superintendencia de la Actividad Aseguradora mediante la Providencia N° FSAA-002993 publicada en la Gaceta Oficial N° 39.762 del 21 de septiembre de 2011 dicta las Normas que establecen el número mínimo de Pólizas de Seguros Asignadas a las Empresas de Seguros para la Comercialización de los Seguros Solidarios de Salud, Accidentes Personales y Funerarios.

Estas normas tienen por objeto establecer el número mínimo de Pólizas de Seguros Solidarios de Salud, Accidentas Personales y Funerarios que las empresas de seguros están obligadas a suscribir y mantener durante el año 2012. Para los periodos subsiguientes la Superintendencia de la Actividad Aseguradora dictará el correspondiente acto administrativo.

Las personas a ser amparadas por las Pólizas de Seguros Solidarios son aquellas que pertenecen a la Población Asegurable.

Las presentes normas entrarán en vigencia a partir de los ciento ochenta (180) días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.