Sup. Actividad Aseguradora
Revocada la autorización administrativa concedida a Seguros Banvalor, C.A. para operar en los ramos de seguros generales y de seguros de vida
Miércoles, 30 de Marzo de 2011 09:35
Caracas, (NL).- Mediante la Providencia N° FSS-2-000776 de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora Providencia, se deja sin efecto la autorización administrativa concedida a la sociedad mercantil Seguros Banvalor, C.A., para operar en los ramos de seguros generales y de seguros de vida. Según fue publicado en la Gaceta Oficial N° 39.644 de fecha 29 de marzo de 2011.
Providencia N° FSS-2-000776
PRIMERO: Dejar sin efecto la autorización administrativa concedida a la sociedad mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A. a través de la Providencia N° HSS-100-2.057, de fecha 11 de agosto de 1992, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 35.029 de fecha 18 de agosto de 1992, para operar en los ramos de seguros generales y de seguros de vida.
SEGUNDO: Declarar la LIQUIDACIÓN ADMINISTRATIVA de la empresa SEGUROS BANVALOR C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 14 de enero de 1992, bajo el N° 36, Tomo 15-ASgdo.
TERCERO: Designar la Junta Liquidadora de la sociedad mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A., integrada por los ciudadanos Mario Alberto Moreno, Carlos Alfredo Cambara Ybarra y Nally Marta Carrillo, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-3.146.200, V. - 4.424.353 y V.-13.268.873, respectivamente, quienes no podrán contratar nuevo personal, suscribir nuevos contratos de servicios o adquisición de bienes, ni adoptar ninguna decisión que exceda la simple administración de los bienes, sin la autorización previa del Superintendente de la Actividad Aseguradora.
CUARTO: Cualquier enajenación de bienes que pretenda efectuar la Junta Liquidadora de la empresa SEGUROS BANVALOR, C.A., deberá realizarse previa autorización del Superintendente de la Actividad Aseguradora.
La presente Providencia Administrativa entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquese y Publíquese.
José Luis Pérez
Superintendente de la Actividad Aseguradora
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