Sábado, Mayo 19, 2012
   
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Sancionada Seguros Canarias de Venezuela con con multa por Bs. 41.300,00

Caracas, (NL).- Mediante la Providencia N° FSAA-2-2-003652 de fecha 30 de mayo de 2011, de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, se sanciona a la empresa Seguros Canarias de Venezuela C.A., con multa por Bs. 41.300,00. Esta Resolución fue publicada en la Gaceta Oficial N° 39.840 del 11 de enero de 2012.

DECIDE:

PRIMERO: Sancionar a la empresa SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A., con multa de CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS  (Bs. 41.300,00), cantidad que corresponde a la sanción aplicada en su término medio por haber vulnerado lo previsto en el artículo 175 de la Ley da Empresas de Seguros y Reaseguros, con ocasión a la denuncia interpuesta por el ciudadano JULIO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 14.296.634, actuando en representación del ciudadano CARMELO ANTONIO GUTIERREZ PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 8.015.322. La sanción pecuniaria impuesta por el presente acto deberá ser cancelada con el formulario LIQ-01, que le será entregado una vez emitido por el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.

SEGUNDO: Notifíquese a la empresa SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A., del contenido del presente acto administrativo, de conformidad con lo previsto en el articulo 73 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, advirtiéndosele que podrá ejercer dentro de los QUINCE (15) DÍAS, contados a partir del día siguiente a su notificación RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos

TERCERO: Ordénese la publicación del presente acto administrativo, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo estipulado en el articulo 9 de la Ley de Publicaciones Oficiales.

CUARTO: Emítase copia del presente acto al ciudadano JULIO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 14.296.634, con el objeto de participarle las resultas del procedimiento sancionatorio.

Notifíquese y solicítese la emisión de la correspondiente planilla de liquidación.

JOSÉ LUIS PÉREZ
Superintendente de la Actividad Aseguradora
Resolución Nº 2593 de fecha 03 de febrero de 2010
G.O.R.B.V. Nº 39.360 de fecha 03 de febrero de 2010

Fuente: www.lex-comp.com