Sábado, Mayo 19, 2012
   
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En Gaceta Providencia N° 108 de CADIVI que establece los Requisitos y Trámites para la Adquisición de Divisas Destinadas a las importaciones

Caracas, (NL).- El Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, través de la Providencia N° 108 de CADIVI, estableció los Requisitos y el Trámite para la Autorización de Adquisición de Divisas Destinadas a las importaciones. Esta Providencia fue publicada en la Gaceta Oficial N° 39.764 del 23 de septiembre de 2011.

La presente Providencia regula ios requisitos y el trámite para obtener la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) destinada a la importación de bienes.

Quedan sujetos a esta normativa las personas naturales o jurídicas debidamente domiciliadas en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela y que realicen operaciones de Importación.

Los solicitantes deben Inscribirse por una sola vez en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD), de conformidad con las normas establecidas en la Providencia relativa al registro de usuarios.

Los usuarios que realicen operaciones simultáneas de importación y exportación, así como aquellos que Importan bajo el régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo (ATPA), deberán Inscribirse previamente en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD) come importadores y exportadores.

Esta Providencia deroga la Providencia N° 104, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.456 de fecha 30 de junio de 2010.

En su disposición transitoria indica que las solicitudes de Autorización de Adquisición de Divisas durante la vigencia de la providencia N° 104 publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.456 en fecha 30 de junio de 2010, se regirán por los requisitos y trámites contenidos en dicha providencia